Inversión en bienes tangibles y seguridad jurídica Manuel González-Meneses
Por: González-Meneses, Manuel
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Colaborador(es): Aristónico García, José [pról.]
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Tipo de material:
LibroSeries Notario del siglo XXI. Ensayos de actualidad.Editor: Madrid Colegio Notarial de Madrid [2007]Descripción: 87 p. 24 cm.Tipo de contenido: Texto (visual) Tipo de medio: sin mediación ISBN: 978-84-612-0701-5.Tema(s): Sociedades de inversión| Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Introducción. Marketing, política jurídica y calificación jurídica.
La crisis de Forum y Afinsa determinadas por esta cuestión de la calificación jurídica.
El proyecto de ley que pretende regular esta materia.
La distinción de lo financiero y lo no financiero. El caso especial de las inversiones con pacto de recompra.
La inversión en bienes tangibles sin pacto de recompra.
Conclusión. Necesaria inclusión en el régimen de las IIC. Referencia a la MIFID.
La inversión en bienes tangibles suscita un grave problema de política jurídica que, a su vez, viene condicionado por una cuestión técnico-jurídica, de calificación jurídica. El problema de política jurídica consiste en decidir si es conveniente que este tipo de prácticas negociables continúen en el limbo jurídico al amparo de los principios de autonomía de la voluntad y de libertad de empresa o, por el contrario, es más deseable que este tipo de operaciones negociables y, en su caso, las empresas que las llevan a cabo, queden sujetas a algún tipo de legislación específica y, por tanto, que esta pase a ser una actividad regulada. Una vez sobrevenida la primera gran crisis, parece que todos estamos de acuerdo en la necesidad de una regulación.
En este tema de la calificación jurídica de estos contratos, de la determinación de su verdadera naturaleza jurídica más allá del nomen iure que le hayan podido dar las partes, se encuentra todo el meollo de la cuestión problemática suscitada por este tipo de inversiones.

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